DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide:
ÚNICO: DECLINA LA COMPETENCIA para conocer la presente causa TP01-P-2006-003200 instruida contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO UZCÁTEGUI, plenamente identificado en autos, en un Juez del Tribunal de Control de este Circuito Judicial Penal, a los fines del trámite del proceso a través del procedimiento especial contenido en los artículos 95 al 112 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo conforme a lo previsto en los artículos 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 94 de la señalada ley especial y en la Disposición Transitoria Quinta de ésta última, y 77 del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase con oficio, notifíquese a las partes y déjese copia. Cúmplas.....