PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ANTONIO JOSÉ GARCIA RAMOS, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 34.329, en su carácter de apoderado judicial del accionado SILVERIO SEGUNDO CORDERO, identificado en autos, contra la sentencia definitiva de fecha 26 de noviembre del 2024, dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido se declara Con Lugar la pretensión de desalojo de Local Comercial incoada por la ciudadana AURA MARINA RAMOS DE SILVA, venezolana mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-1.437.394, de este domicilio a través de su apoderado judicial JULIO JASPE, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 32.647, y luego por reforma de demanda a través de los abogados DIGNA MARINA ARRIECHE MOGOLLÓN Y IRIS TORREALBA, inscritas en el I.P.S.A bajo los Nros. 8.203 y 102.783 respectivamente, contra el ciudadano SILVERI.....