Por las razones expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en ejercicio de la competencia especial atribuida por el artículo 9 y en base a lo contemplado en el Art. 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, DECLARA: PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta NORIS DEL CARMEN VILLARREAL, titular de la cédula de identidad Nº 17.604.655 debidamente asistida por el Abogado: ALVARO ENRIQUE RANGEL NAVA, otorgándole el carácter de Cosa Juzgada. SEGUNDO: SE ORDENA el archivo definitivo del expediente. Así se decide. Siendo las 4:00 p.m. se dio por concluida la audiencia constitucional, se levantó la presente acta que fue leída y firmada por:
La Jueza Segunda de Juicio,