D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por cobro de bolívares intentó el ciudadano JOSÉ CIFUENTES CAÑÍZALEZ en su condición de endosatario en procuración del ciudadano JESÚS ENRIQUE MORÓN VÁSQUEZ, en contra de los ciudadanos LUIS ALBERTO TERÁN QUINTERO y JOSÉ RAFAEL MALDONADO GODOY, todos identificados en autos.
SEGUNDO: SE CONDENA a los codemandados de autos LUIS ALBERTO TERÁN QUINTERO y JOSÉ RAFAEL MALDONADO GODOY, identificados en autos, en su carácter de librado cambiario y avalista, respectivamente, a pagar al demandante de autos la suma de VEINTIDÓS MIL BOLÍVARES (Bs. 22.000,00) correspondiente a la obligación principal.
TERCE.....