de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda declarar como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO: ESTEBAN JOSÉ BRICEÑO GONZÁLEZ, a la ciudadana: ESPERANZA COROMOTO SARMIENTO DE BRICEÑO, como su legitima cónyuge y a las ciudadanas: ESBEIDY JOSEFINA BRICEÑO SARMIENTO, ENEIKA DEL VALLE BRICEÑO SARMIENTO como sus legitimas hijas.- Quedando en todo caso a salvo derechos de terceros.- Devuélvanse las originales de estas actuaciones a la solicitante y déjense copias certificadas para el archivo de este Tribunal.