Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión de fecha 06 de junio de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión recurrida.
TERCERO: CON LUGAR la demanda incoada, por lo ciudadanos RODRÍGUEZ CHACIN LESBIA ISABEL, NOGUERA ÁLVAREZ YOVANNY RAFAEL, REA OCHOA ALFREDO ANTONIO, VALDERRAMA YÉPEZ SILVINO ANTONIO y BELLO CAMACHO ANTONIO JOSÉ en contra de 1) ROD’AL, C.A., inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 15 de Marzo de 1.991, bajo el N° 82, folio 139 al 143, Tomo II habilitado y p.....