V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la demanda de contenido patrimonial interpuesta.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de contenido patrimonial interpuesta. En consecuencia, se ORDENA a la Asociación Civil de Transporte GLOVICA, y solidariamente a los ciudadanos Huslar Alexander Camacaro Liscano y Gloria Maria Liscano de Camacaro, todos planamente identificados, en su condición de fiadores solidarios y principales pagadores, a lo siguiente:
2.1 Pagar la cantidad de SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO BOLÍVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (BS. 62.828,10), por concepto de capital adeudado,
2.2 Pagar los intereses convencionales a la tasa fija del doce por ciento (12 %) durante el primer año del plazo .....