III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el A quo en fecha 2 de Noviembre de 2005.
En consecuencia, se declara SIN LUGAR la presente acción reivindicatoria ejercida por el ciudadano CÉSAR AUGUSTO CARRASQUERO LÓPEZ, ya identificado, contra el ciudadano JOSÉ SIXTO BRICEÑO, igualmente identificado, que versa sobre el inmueble ut supra determinado, cuya ubicación, linderos y demás especificaciones constan en el cuerpo de esta sentencia y se dan aquí por reproducidos.
SE REVOCA la sentencia apelada.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante p.....