Estando dentro del lapso establecido en la Ley Orgànica Procesal del Trabajo para la publicaciòn del texto integro del fallo dictado oralmente este Tribunal en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR las defensas previas de la parte demandada y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el actor.