D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos antes expuestos; este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Ofrecimiento de Aumento de Obligación de Manutención, realizada por el ciudadano RAFAEL RAMÓN DELGADO DELGADO, en representación de su hija ROSANNY ANDREINA DELGADO ZAMBRANO.- En consecuencia: PRIMERO: Se fija la cantidad de VEINTITRES MIL BOLÍVARES (Bs. 23.000,00) para un total de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000,00) MENSUALES como AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, así como también el doble de dicha cantidad en los meses de Agosto y Diciembre de cada año, como bono vacacional y bonificación de fin de año (Aguinaldos), y el 50% para gastos relacionados a calzado, vestuario, uniformes, útiles escolares, asiste.....