En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria), intentada por HIPOLITO MARCIAL RODRIGUEZ CAMACARO, Venezolano, Mayor de Edad, Hábil, Titular de la Cedula de Identidad N° V-4.723.031, y de este domicilio, contra MAGDA M. CHANG Y JOSE LEONIDAS UZCATEGUI, ambos mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V-7.363.390 y 10.241.717 respectivamente y de este domicilio.
2.- Se condena en costas y costos a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en l.....