este Tribunal acuerda Declinar la Competencia, en razón de la Materia, y remitir el presente expediente a un Juzgado de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de su conocimiento, ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18-03-09 a través de la cual se modifica a nivel nacional la competencia de los Juzgados. Remítase el presente expediente a dicho Tribunal a los fines de su conocimiento, una vez que precluya la oportunidad para interponer el recurso de Ley.------------------------------------