DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada Rimy Rodríguez Artigas, en su carácter de Juez Accidental del Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el presente expediente.
Se ORDENA notificar el presente fallo, por medio de oficio, a la juez inhibida. Entréguese al ciudadano Alguacil el referido oficio para la práctica de tal notificación.
Igualmente se ordena que por Secretaría se expida copia certificada de las presentes actuaciones y se deje en el archivo de este Tribunal.
Regístrese y publíquese.