En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el convenimiento celebrado entre la ciudadana Juliser Coromoto Rodríguez, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 64.268 y de este domicilio en representación de la parte intimante y parte intimada ciudadano Luís Salazar Méndez; asistido por los abogados Anny Rondón y Freddy Duque, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nº 109.670 y 28.321 respectivamente. En este estado, visto el acuerdo satisfactorio a que han llegado las partes, este Juzgado Superior Primero, en aplicación de los medios alternativos de resolución de conflictos, como principio contemplado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el .....