Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho que han quedado expresados en la presente decisión; el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO a tenor de lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en conexión con lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en las sentencias Nº 810 del 18 de abril de 2006 y 1.184 del 22 de septiembre de 2009, Sala de Casación Social Nº 182 del 7 de abril de 2015 y Juzgados Superiores del Trabajo de esta circunscripción (Ver por todas KP02-R-2015-000461), que permite a la accionante iniciar nuevamente el juicio.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Tra.....