En Prolongación de Audiencia Preliminar, comparece la parte Actora Ciudadano: JOSE GREGORIO ARAUJO PERDOMO, titular de la Cedula de Identidad No. 17.267.959, representado por su Apoderado Judicial Abogado JAIME DANIEL HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 111.864 y por la demandada: MI TECHO C.A, representada los ciudadanos: BENJAMIN RAMON VILLEGAS SANTOS y RAFAEL ANTONIO PEREZ VILLEGAS, titulares de la cedula de identidad números 3. 908.523, 4.059.484, respectivamente, por intermedio de su Apoderada Judicial Abogada: NINIVER CAROLINA PARISI MEDINA , inscrita en el Inpreabogado bajo los N° 112.996; las partes llegan al siguiente acuerdo: la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de Diez Mil Bolivares (Bs 10.000,00), para poner fin al juicio, la parte actora acepta y conviene; El Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.