Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró SIN LUGAR LA RECUSACION formulada por los abogados Edinson Mujica y Johanna León, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano Leonardo Torres, en su condición de representante legal de la firma personal Ferretería La Lluvia de Oro, contra la abogada Yunia Rosa Gómez Duarte, en su condición de jueza titular del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio cobro de bolívares (vía intimación), interpuesto por el ciudadano Leonardo Torres, en su condición de representante legal de la firma personal Ferretería La Lluvia de Oro , contra el ciudadano Gerardo Noguera Mendoza, distinguido bajo el Nº 3316. Se impone una multa de dos bolívares (Bs. 2,00), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, por no ser criminosa la recusación.