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Decisiones del dia 25/04/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 12791 N° Sentencia : Fecha: 25/04/2011
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
MIGUEL ANGEL ROJAS VASQUEZ
Resumen:
En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALERA, MOTATÁN, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y ESCUQUE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud que se provee y al efecto ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA DE CUJUS NORLA DEL CARMEN ROSALES DE ROJAS, a su cónyuge MIGUEL ANGEL ROJAS VASQUEZ, e hijos MIGUEL ANGEL, CARLOS MIGUEL y SAHARA CAROLINA ROJAS ROSALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.001.528, 16.533.603, 17.094.169 y 17.094.168 domiciliados en esta ciudad de Valera, conforme a lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo eventuales Derechos de Terceros. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia: No se notifi.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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N° Expediente : 6012 N° Sentencia : Fecha: 25/04/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
FONDO DE DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DEL MUNICIPIO ESCUQUE DEL ESTADO TRUJILLO (FONDES) VS DERMITA DEL CARMEN BRICEÑO DE AGUILAR
Resumen:
TERCERO: Por lo antes expuesto y por cuanto se observa que dichos instrumentos no cumplen con el requisito fundamental que establece el ordinal 8° del artículo 410 del Código de Comercio, considerándose así, que el libelo de la demanda no se encuentra acompañada de prueba alguna del derecho que se alega tal como lo establece el numeral 2° del artículo 643 del Código de Procedimiento Civil, no pudiendo este juzgador apreciar tal instrumento como prueba suficiente que exige el artículo 644 eiusdem, es por lo que se considera lo mas ajustado a derecho declarar inadmisible la presente demanda, en virtud de que tales instrumentos no pueden ser apreciados como letra de cambio y la pretensión de la demanda es contraria a la disposición expresada en la referida norma, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 411 del Código de Comercio y así se declara. El Juez, Abog. Ramón E, Butrón Viloria. El secretario T.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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