III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra la sentencia dictada por el A quo en fecha 23 de Febrero de 2011.
Se declara CON LUGAR la oposición que la parte demandada formuló contra la medida de secuestro decretada por el Tribunal de la causa el 27 de Enero de 2011, en el juicio que por resolución de contrato de arrendamiento propuso el ciudadano Coromoto José Pérez Pérez contra el ciudadano Edgar José Herrera Rojas, ambos identificados en autos, y que se contiene en el expediente número 23.831, de la nomenclatura del Tribunal de la causa.
Se LEVANTA la medida de secuestro dictada por el A quo en fecha 27 de Enero de 2011 sobre el inmueble formado por un lote de terreno, situado .....