DISPOSITIVA
En mérito de lo anteriormente expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por el abogado Abner apoderado judicial de la víctima CESAR EMIGDIO PACHECO.- SEGUNDO: Se ANULA la decisión recurrida, debiéndose resolver ante otro juez o jueza distinto al que dicto el fallo anulado, debiendo pronunciarse sin los defectos verificados. Así se decide.-
Notifíquese y remítase al Tribunal de origen.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en Trujillo a los veinticinco (25) días del mes de Mayo del año dos mil diecisiete (2017).
Dr. Benito Quiñónez Andrade
Presidente de la Corte de Apelaciones
Dra. Rafaela González Cardozo .....