ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: 1.- Se admite la acusación en todas y cada una de sus partes de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por el Ministerio Público en contra del imputado SANCHEZ JUAN FRANCISCO, titular de la cédula de identidad Nº 14.149.769, venezolano de 33 años de edad, fecha de nacimiento 03-11-1924, natural de Trujillo hijo de Salvador Añez y Isabel Sánchez, de profesión u oficio Obrero y DOMICILIADO EN LA VICIOSA PARTE ALTA DETRÁS DE LA CAPILLA, VIA EL MANGAL, VIA AGUA VIVA, MUNICIPIO CANDELARIA ESTADO TRUJILLO por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, delito previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia en agravio de CASTELLANO HIBELYI ATOCHE, igual se admiten los medios probatorios promovidos por ser útiles necesarios y pertinentes para el esclarecimiento de los.....