Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA incoada por el ciudadano GERARDO JOSE MELENDEZ SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 16.532.019, debidamente asistido por el abogado HECTOR HERNANDEZ PEREZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro 32.699, contra los ciudadanos ELIAS GERARDO MELENDEZ VASQUEZ y BELKIS RAMONA SEQUERA DE MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro V- 3.320.354 y V-3.859.293, respectivamente, debidamente asistidos por la abogado ADAYMAR DE LOS ANGELES RODRIGUEZ RAMIREZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N.....