DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control Nº 9, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación de lo establecido en el artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO a los ciudadanos EIVER DAVID ARROYO VÀSQUEZ, xxxxx, JULIO ENRIQUE CORDERO PERDOMO, xxxxx, HÉCTOR ENRIQUE GIL GONZÀLEZ xxxxxy ENDERSON ANTONIO MORILLO MUJICA xxxxx, anteriormente identificados, previa admisión de los hechos que configuran el delito de xxxx, xxxx las cuales consisten en: 1.-Residir en un lugar determinado, en caso de cambio notificar al Tribunal. 2.- Permanecer en un trabajo o empleo, presentando constancia. 3) Presentarse ante el Delegado de Prueba. 4) Asistir a tres (03) charlas en la Oficina Nacional de Prevención al Delito. El cumplimiento de estas condiciones será vigilado por un Delegado de Prue.....