DISPOSITIVO
En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente demanda por ACCIÓN REIVVINDICATORIA, incoada por el ciudadano VIRGILIO ANTONIO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.256.203, domiciliado en el Caserío Campo Alegre, Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez del estado Lara, en contra de los ciudadanos CLAUDIO LOPEZ y JUAN BAUTISTA LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 7.458.337 y V- 1.258456, domiciliados en la autopista Intercomunal Florencio Jiménez, Caserío Campo Alegre, Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez del estado Lara.
SEGUNDO: Dado que ambas partes fueron asistidas por la Defensa Publica no hay condenato.....