Por todos los razonamientos expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RAFAEL RANGEL, BOLIVAR, SUCRE, MIRANDA LA CEIBA, ANDRES BELLO Y MONTE CARMELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, en nombre de LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A PLAZO, intentada por Abogada en ejercicio Olivares Luque Maria Elena, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.040.129, domiciliada en el Estado Trujillo; obrando en su carácter de Apoderada Judicial del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), en contra de la ciudadana: Yusmary Silva Sáez, quien es venezolana, mayores edad, titular de la Cédula de Identidad Nos. V- 10.915.069, domiciliada en la Población de Betijoque Jurisdicción del Municipio Rafael Rangel del Estado Trujillo; sobre un inmueble para habitación familiar, ubicado en la Urbanización Cerro Colorado, Sector 02, signado con el N° 68,.....