En relación a lo solicitado por la parte demandante, se observa que en el escrito libelar se reclamó el pago de las prestaciones sociales, vacaciones, bono vacacional y utilidades, tomando como salario la propina, el recargo por trabajo en jornada nocturna, los días de descanso y feriados; y el recargo por el exceso de la jornada de trabajo específicamente las horas extras como se desprende al vuelto del folio 2; y el beneficio de alimentación, de los cuales se pronunció esta instancia en la sentencia dictada.
Así pues, no se observa en el extenso del escrito libelar reclamo alguno por días de descanso y feriados trabajados, por lo que menos puede existir pronunciamiento del Tribunal, a tenor de lo previsto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil.
Por otro lado, el fundamento de la apelación se centró en la naturaleza de la jornada de trabajo cumplida por el trabajador y las diferencias generadas por el bono nocturno, horas extras y propina, en la cuantificación de los .....