Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: Al penado, YOGELVIS JOSE SALAS, venezolano, soltero, mayor de edad, cédula de identidad N° 17831891, natural de Valera, comerciante, hijo de Olida Salas y Freddy Valera, residenciado en la calle Ricaurte de Sabana de Mendoza Municipio Sucre estado Trujillo, casa N ° 17, cumplimiento de la pena que le fuere impuesta, en fecha 06 de febrero de 2004, por el Juez de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial Penal, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO y en consecuencia se acuerda la EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, debiendo cesar cu.....