´DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA INADMISIBILIDAD DE LA PRESENTE DEMANDA de Rectificación de acta de Nacimiento, propuestapor el ciudadano Cley Alejandro Briceño Román, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 20.707.098, domiciliado en urbanización Rafael María Villasmil, sector 1, casa N° 40-86, actuando en representación de la ciudadana Mary Carmen Vásquez de Parra, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.520.266, según poder otorgado por ante la Notaria Publica Segunda de Valer, estado Trujillo, de fecha 30 de diciembre de 2019, inserto bajo el numero 8, tomo 103, folios 33 hasta 35; asistido por la abogada María Isabel Br.....