Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el anuncio del Recurso de Casación interpuesto el 30 de abril de 2008 por el abogado HUMBERTO AZPURUA GÁSPERI, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en contra del fallo proferido por este Órgano Jurisdiccional en fecha 31 de marzo de 2008, en el juicio que por NULIDAD DE CONTRATO incoara los ciudadanos ROSA ELENA MOLINA DE MORENO, LUIS ENRIQUE, CARLOS JOSÉ, MAGALY COROMOTO y YOLANDA JOSEFINA MOLINA SUÁREZ en contra de los ciudadanos ABDON SUZZARINI y MARLEN TORREALBA, ambas partes plenamente identificadas ab initio.