este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, seguido BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., contra los ciudadanos OSCAR ENRIQUE RAMÍREZ QUIÑÓNEZ y RAMÓN SUÁREZ, antes identificados.