Visto el convenimiento celebrado entre las partes en fecha 16 de Julio de 2012, cursantes a los folios 15, 16 y 17 del cuaderno de medidas del presente causa, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación, homologando dicho convenimiento y se procede como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, absteniéndose el Archivo definitivo del presente expediente, hasta tanto conste en autos la cancelación total de lo convenido por las partes.
EL JUEZ.
ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL.
ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA B......