en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO incoada por la ciudadana: DALIA MERCEDES SEQUERA, en contra del ciudadano: JOSE CORNELIO ALVARADO, (ampliamente identificado en el fallo). En consecuencia, se declara reconocido el presente documento:
Yo, JOSE CORNELIO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, divorciado, identificado con la cédula de identidad Nro. V-4.737.769, de este domicilio, quien en lo sucesivo y para los efectos de este contrato será EL CEDENTE, por medio del presente documento declaro: Que cedo a la ciudadana DALIA MERCEDES SEQUERA, venezolana, mayor de edad, divorciada, de oficios del hogar, identificada con la cédula de identidad Nro. V-9.542.085, de este domicilio, quien en lo sucesivo y para los efectos de este contrato será LA CESIONARIA, el cincuenta.....