DISPOSITIVA
Por los argumentos antes  expuestos, este  JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,   MERCANTIL,   AGRARIO, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA  CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON   SEDE EN TRUJILLO,   administrando  justicia    en   nombre    de    la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el artículo    185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: FANNY JOSEFINA BRICEÑO DE BRICEÑO Y JESUS ENRIQUE BRICEÑO COLMENARES, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído el 13 de junio de 1997, por ante la Prefectura del Municipio San Rafael de Carvajal, según consta del acta de matrimonio signada con el Nº 23, del año 1997 que corre  inserta al folio 07 del expediente.
         Déjese por secretaría copia certificada del presente fallo, conforme  a lo   dispuesto en el artículo 2.....