Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA a la ciudadana: OLGA DEL CARMEN PEREZ CHAMBUCO, titular Cédula de Identidad Nº V-19.590.518, nacido el 07-08-1984, nacidad en Barquisimeto, de 26 años de edad, Venezolano, Estado Civil: Soltero, de Ocupación: Oficios del Hogar, residenciado en: el Barrio el Trompillo, parte alta, frente a un club Rogelio, casa sin pintar rural Teléfono: 0426-6582803 (abuela), a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias a la de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas y procésales respectivas, por encontrarla culpable de la comisión del delito de TRAFICO ILICITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, bajo l.....