PRIMERO: Homologa la transacción realizada a través de acta de conciliación, suscrita por los ciudadanos HILARIO ANTONIO VILLA NUÑEZ y RAMÓN HILARIO VILLA CARRILLO, asistidos por la Defensora Pública Agraria N° 3 MAOLI DEL CARMEN MORENO parte demandante y la parte demandada MARÍA DEL CARMEN BENCOMO, NORELIS COROMOTO NUÑEZ BENCOMO y MARÍA BETANIA MONTILLA NUÑEZ, debidamente asistidas por la Defensora Pública Provisoria N°1 en materia Agraria Abogada NILDA DE JESÚS PACHECO DELGADO.
SEGUNDO: Se ordena expedir copia certificada de la homologación de la transacción a los fines de su regularización por las partes de la tenencia de la tierra ante el Instituto Nacional de Tierras, considerando lo establecido en la referida transacción hecha por las partes, una vez transcurrido los lapsos legales.
TERCERO: Una vez que transcurran los lapsos legales, remítase al tribunal de la causa los originales de las presentes actuaciones a objeto de la ejecución de lo acordado por las partes y homologa.....