Este Tribunal en base a los hechos y al derecho establecido en los artículos 8, 365, 366, 375 y 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Homologa el acuerdo celebrado entre los ciudadanos Thais Katiuska Vásquez Gómez y Oscar Antonio Linarez en relación la manutención de la niña Identidad omitida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en los términos antes expuesto. En consecuencia se da por concluida la presente causa. Dada, sellada y firmada en Barquisimeto a los veintiséis de Octubre de Dos mil Diez.