En mérito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Séptimo Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA, interpuesto por el Abog. BETZIBETH P. SEGOVIA SANCHEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Décima sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CONCEDIENDOLE EL LAPSO DE QUINCE (15) DIAS, para presentar acto conclusivo en contra de los ciudadanos: MILAGROS ALVAREZ, titulares de las cédulas de identidad N° 12.248.0254, con domicilio en el Barrio El Coriano, calle Don Felipe Parga N° 2, cerca de la bloquera, y ENRIQUE MARRUFO, titulares de las cédulas de identidad N° 15.448.583, domiciliado en el Barrio La Paz sector o manzana C, parcela N° 5, frente al playón Los Libertadores, presuntamente involucrados en la comisión del delito de RETENCION DE NIÑO, previsto y sanciona.....