Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN interpuesta por la ciudadana INÉS SUSANA PABÓN JUÁREZ, titular de la cédula de identidad Nº 10.906.029, contra la empresa METROPOLIS ANDINA, C.A., representada legalmente por los ciudadanos HILDA CRISTINA MORENO GUIMERA y JORGE LUÍS VALECILLOS NÚÑEZ; representada judicialmente por la Abogada en ejercicio MAYROBIS QUIJADA, inscrita en el instituto de previsión social del abogado, bajo el Nº 28.895. SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en sentencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 22 de septiembre de 2009, caso: Yaritza Bonilla Jaimes y Pedro Luís Fermín, la demandante podrá intentar nuevamente la acción. TERCERO: No hay con.....