Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el acuerdo convenido entre los abogados LEONARDO ENRIQUE SCISCIOLI, en su condición de apoderado judicial de la parte actora ciudadana BETSY DEL VALLE DIAZ y el abogado CESAR AUGUSTO YANEZ, en su condición de apoderado judicial de la empresa M.B.S. MAQUINARIAS, S.R.L, sociedad mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 09 de julio de 1990, bajo el N° 22, Tomo 01-A; en virtud del cual la empresa accionada propuso a la trabajadora pagar la cantidad de SETECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 700.000,oo), el día viernes 27 de febrero del 2004 en cheque a favor de la ciudadana BETSY DIAZ. En consecuencia, le imparte el valor de COSA JUZGADA y ordena la inmediata devolución del expediente a su Tribunal de origen, una vez con.....