acuerda presentir del tribunal mixto y se constituye como tribunal unipersonal, fijando audiencia de juicio unipersonal para el día Martes 01 de Abril del año 2008 a la 1:00 de la tarde, quedan notificadas las partes presentes. Esta decisión se basa en los artículos 1, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 250, 264, del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 2, 3, 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.