Vista la transacción suscrita entre las partes, por ante este Tribunal en fecha 26 de Abril de 2.007. Este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito del Estado
Trujillo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme a lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación HOMOLOGANDO dicha transacción y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, absteniéndose el archivo hasta que conste en autos el cumplimiento de la transacción celebrada entre las partes.
EL JUEZ
ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
LA SECRETARIA
ABG. ESTHER JANETH MALDONADO GODOY