Se dictó Sentencia Interlocutoria, mediante el cual se declaró INCOMPETENTE por el territorio para conocer de la pretensión de divorcio incoada por los ciudadanos JOSÉ LEONARDO PÉREZ EVARISTO y MARITZA VIRGINIA SANTOS DE PEREZ y declina su conocimiento en el Juzgado de Municipio del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; ordenando la remisión del expediente una vez vencido el lapso legal.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.