Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA IMPROCEDENTE el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la Abogada Perla Torrelles, en su condición de Defensora Publica, de los imputados Miguel José Rodríguez Meléndez y Luís Rafael Pereira Mendoza, contra de la decisión dictada en la audiencia oral celebrada en fecha 20-06-2013 y fundamentada en fecha 26-06-2013, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 11 de este Circuito Judicial Penal, Extensión Carora, en el asunto KP11-P-2013-000953, mediante la cual se decreta La Medida De Privación De Judicial Preventiva de Libertad a los imputados, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte en concordancia con el .....