REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintisiete de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: TP11-R-2006-000015
Vista la diligencia presentada el día 21 de junio de 2006, por la Abogada MARIA GABRIELA MUCHACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.230, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, donde Desiste del recurso ordinario de apelación, ejercido contra el auto dictado en fecha 14-02-2006 por el por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, es por lo que este Tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la apelación ejercida por parte de la demandada, dándole carácter de cosa juzgada. Así se decide.
EL JUEZ SUPERIOR DEL TRABAJO
ABG. ADRIÁN MENESES
LA SECRETARIA
ABG. JOHANA TIRADO LAMUS