Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 24 de abril de 2008 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada, en consecuencia se condena a las demandadas a pagar los conceptos declarados procedentes en la parte motiva que se dan por reproducidos, en la forma ordenada en dicha parte motiva. En cuanto a los intereses sobre prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación se calcularán mediante la experticia complementaria del fallo, para tal fin se ordena al Tribunal de Ejecución, según lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la designación de un único perito, el cual tendrá las sigu.....