Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el por el Fiscal 22° del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 04 de éste Circuito Judicial Penal, en audiencia celebrada en fecha 20 de Junio de 2008 y fundamentada en fecha 25 de Junio de 2008, mediante la cual le otorgó la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenida en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal (Presentación Periódica cada 8 días), al imputado JOSÉ HERNÁN ANTONIO VILLEGAS VALERA.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 04 de éste Circuito Judicial Penal, dictada en la audiencia celebrada en f.....