En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante, identificada en autos, contra la decisión proferida por el A quo en fecha 24 de septiembre de 2019.
CON LUGAR la demanda de desalojo incoada por Ernesto Luis Iglio Pimentel, actuando en su propio nombre y en representación de los condueños Luis Ernesto Iglio Pimentel y Roberto Antonio Iglio Pimentel, contra Jahkson Renato Sánchez, y la empresa y la empresa mercantil Rico Max Pollo, C.A., todos identificados en autos.
Se CONDENA a la parte demandada, ciudadano titular de la cedula de identidad número 9.497.437, y a la empresa y la empresa mercantil Rico Max Pollo, C.A., inscrita por ante la Oficina del Registro Mercantil de Valera.....