Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario en fecha 30 de abril de 1999, por los Abogados Gabriel Trujillo, Carlos García Nuñez y Giuseppe Rosito Arbía, ya identificados, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente ALIMENTOS PROTINAL, C.A., contra los Reparos Nos. 05-00-03-021, 05-00-03-020, 05-00-03-019, 05-00-03-023, y 05-00-03-022 emanados de la Contraloría General de la República en fecha 15 de Marzo de 1999.
COSTAS: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.