Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECRETA:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos de la Providencia Administrativa 25 de julio 2022 dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Lara, sede Jose Pio Tamayo, en el expediente signado con el Nº 005-2022-01-00239, requerida por la entidad de trabajo INDUSTRIASL SISALARA C.A., durante el transcurso del juicio principal de nulidad, ello conforme a lo establecido en el artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.
SEGUNDO: Se ordena oficiar a la Inspectoría del Trabajo sede "JOSE PIO TAMAYO" del estado Lara, para que de cumplimiento a lo aquí ordenado.