declara CONSUMADO el desistimiento del procedimiento que efectuase la abogada María Yolanda Nunes Rodríguez, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil Circulo de Lectores de Venezuela, S.A., mediante diligencia presentada ante la Secretaría de este Tribunal, en fecha 23.10.2006, en el proceso que sigue contra los ciudadanos Hugo A. Quiroz R. y Mirian Socorro Gómez de Quiroz, por Cobro de Bolívares (vía Intimación), y en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.